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blog/actualidadpracticavial - 20.08.2021
Desde el pasado martes 11 de mayo de 2021, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha establecido una modificación en los límites de velocidad de las carreteras de nuestro país que afectan a un 80% del total de las carreteras de todo el territorio nacional. Una reforma en el Reglamento General de Circulación que se aprobó en noviembre del año pasado y que ya está en vigor, por lo que en PracticaVial te contamos todo lo que debes conocer y las multas que te puede conllevar no cumplir la norma.
A partir de ahora, en las vías donde no hay diferencia de altura entre la calzada y la acera, la velocidad máxima permitida es de 20 kilómetros por hora, en lugar de los 30 kilómetros por hora establecidos hasta la actualidad en muchas de estas vías. En las aquellas de un solo carril por sentido, 30 kilómetros por hora, a diferencia de los 40 o 50 kilómetros por hora que eran habituales; y, cuando hay dos o más carriles por sentido, habrá que circular a 50 kilómetros por hora.
El objetivo de esta medida es disminuir la siniestralidad de los usuarios vulnerables en las vías urbanas, ya que, la DGT asegura que a 50 kilómetros por hora el riesgo de fallecer por un atropello es del 90%. Sin embargo a 30 kilómetros por hora esta probabilidad se reduce hasta el 10%. Una reforma que pone su foco de atención principalmente en peatones, ciclistas o motoristas, los cuales compusieron el 83% de los fallecidos en este tipo de carreteras en el año 2019. Un número que asciende hasta un total de 519 personas de dicho colectivo que perdieron la vida en ese período según ha detallado el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. En rueda de prensa, dicho ministro ha calificado este cambio como “una de las medidas más importantes que haya aprobado España en materia de movilidad y seguridad vial porque ayuda a construir ciudades para sus ciudadanas y ciudadanos, donde las calles sirven sobre todo para vivir, transforma nuestras ciudades para que sean más humanas”.
Ver: Novedades puntos del carnet de conducir 2021: ¿qué infracciones quitan más y cómo recuperarlos?
La nueva normativa el Reglamento General de Circulación establece tres límites genéricos de velocidad aplicables en las vías urbanas que quedarían resumidos de esta forma:
? Tipo de vías afectadas por este cambio:
ÚNICO CARRIL:
⚪ Por sentido de circulación.
⚪ Por sentido de circulación en calles de dos sentidos.#A30HayMásVida pic.twitter.com/oKoEPq55IE— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) May 11, 2021
? Tipo de vías afectadas por este cambio:
OTROS CASOS:
⚪ Tres carriles por sentido de circulación con uno para bicicletas y otro para transporte público sin segregar.
⚪ Vías con un carril en un sentido de circulación y dos carriles en el otro sentido.#A30HayMásVida pic.twitter.com/hodVVX2eZz— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) May 11, 2021
Este cambio en la normativa irá acompañado con sus correspondientes sanciones, tanto económicas como respecto a los puntos del carnet de conducir. Multas que serán más duras proporcionalmente a si se consideran de carácter grave o muy grave.
Si el límite de velocidad está fijado en 20 km/h
Si el límite de velocidad está fijado en 30 km/h
Límite de velocidad a 50 km/h
Ver: ¿Sabes cuáles son las multas que te pueden poner como peatón?
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